Señoras y señores alcaldes o lo que sean???: El motivo de este escrito no es otro que comunicarme con ustedes ya que ustedes no quisieron comunicase conmigo...,.
A pesar de haber solicitado una entrevista personal e intransferible hace mucho tiempo en el tiempo... por Fax (91.588.26.62) en su secretaría. Por recomendación de su Gabinete Técnico. Para así, intentar aclarar “LA VERDAD DE UNA MENTIRA URBANÍSCA” que he vivido en primera persona por culpa de su Ayuntamiento ex olímpico de por vida ¡jajajjaja!. Me troncho y me mondo porque sólo son merecedores de unos juegos reunidos Geyper de segunda mano.
-
Empezaría recordándoles que lo que voy a narrar ya lo saben ustedes y altos cargos (no estatura) de su partido de fútbol político. Como ciudadano, no me causa ningún asombro lo ya acaecido en Gerencia Municipal de Urbanismo. Que no era más que la punta de un Iceberg que hace tiempo hacía aguas sucias.
-
Llevo cerca de cien años... denunciando a diestro y siniestro, por todos los medios que he tenido a mi alcance. Las más que sospechosas irregularidades cometidas en dicha sede. En mi caso, no se trató de un local o prostíbulo, sino de un chalet sito en una colonia histórica con licencia de sustitución (714/2001/417). Otorgada por el Negociado de Zonas Desprotegidas S.L.
Fue demolido (estando Prohibido) y posteriormente levantado otro (también Prohibido), al real saber y entender de su arquitecto y funcionarios de turno de oficios ("comisionistas o corruptos"...).
-
No sé cómo ni con qué, pero dado el comportamiento, de algunos funcionarios, la imaginación, por fuerza, se dispara. La Obligada Revisión de la citada Licencia, no fue realizada por una decisión personal del Gerente de Urbanismo, Luis Armada. Según me confesó, Antonio Larios (no el de Málaga) jefe de licencias en Zonas Desprotegidas S.L.
-
Tras llevarles a los Tribunales de Injusticia, la Administración, viéndose acorralada y a través de Informes elaborados dolosamente por sus “Técnicos”. Logró llevar a la confusión y al engaño de todos, incluido Juzgadores (por oposición).
Defendiendo lo indefendible, como si de algo particular se tratara, sin hacer prevalecer los intereses públicos, obteniendo, finalmente, un injusto pronunciamiento favorable de la justicia a la española (no aceitunas de Jaén).
-
Por el camino se ha quedado la Documentación que la Ley Obligaba y que fue Omitida adrede por unos y por otros; llamadas telefónicas y escritos de sus funcionarios diciéndome que se procedía a revisar la Licencia y a la paralización de la obra... sólo, para vacilar conmigo en sus muchos ratos libres.
Por ser ilegal lo autorizado, previo reconocimiento de su “metedura de pata”… para luego desdecirse por ordenes políticas; Informes contradictorios y falsos, y otros negándome la realización de la misma obra de mi vecino, por estar absolutamente Prohibida por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) y vigente de 1.997 del siglo pasado. A pesar de estar en igualdad jurídica al tratarse de dos chales simétricos y pareados en su "Origen", y existir idénticas condiciones urbanísticas en Las Españas del Águila Desteñida.
-
A continuación intentaré dar unas pinceladas (sin pincel) que, a modo de resumen, sirvan para esclarecer el meollo de la cuestión, tarea no fácil, que me ha llevado a difundir multitud de denuncias a través de medios de comunicación nacionales, catalanes, vascos, gallegos y hasta el FBI de los EEUU.
-
1º. Se trata de dos chales pareados sitos en la calle de F. N. (no de Fuerza Nueva). Dentro de la Colonia Histórica de la Unión Eléctrica Madrileña (Chamartín). Catalogados en un Área de Planeamiento Especifico (APE 05.11). Protegidos con Nivel 2, en Grado Volumétrico. Según la ley o normativa.
-
2º. El nº X con su promotor y su amigo arquitecto superior (con estudios y apartamentos), proponen hacer un sótano autorizado por la Ley (siempre que cumpla unos obligados requisitos). Para ello, solicitan Demoler el chalet existente y, así, hacer otro nuevo y diferente al Obligado Original. Incumpliendo adrede los artículos 3.3.4. - 4.3.- 6.1.2.- 9.4.- 7.3.b.- 11. y 17.1.2. entre otros, del citado APE. 05.11 de la UEM.
-
3º. Para Demoler el Edificio, protegido en volumen, es obligado que se encuentre en una ruina inminente (Art. 4.3.7.4. del PGOUM). O también, que las condiciones técnicas constructivas por su mal estado de conservación aconsejen su Demolición (Art. 7.3.b del APE 05.11). Es ésta última a la que quieren acogerse y, así, lo hacen. Con la agravante, de que casi cinco meses después de conseguir la Licencia de Demolición, (de fecha 5 de Junio del 2001) el mismo arquitecto certifica más adelante en la ITE (Expte. 713/2001/022972 de 26 de Octubre del 2001) que el chalet se encuentra en un perfecto estado de conservación. Hecho absurdo e incoherente que obliga a preguntar o cuestionar: ¿cuándo y por qué, miente el arquitecto, antes de conseguir la Licencia de Sustitución (714/2001/417) o después de conseguirla?.
Observación: Al tratarse de un Chalet Protegido en Volumen la Ley Penaliza o multa su Demolición y más, habiendo pasado meses antes una ITE Favorable. Para especular con el citado en la zona de Chamartín. Una de las más caras de Madrid (España).
-
4º. La citada Sustitución llevaba implícita según la Ley, la Recuperación del Chalet realizado en su Origen (primitivo de 1.949) por estar en una colonia histórica y catalogado con Protección Volumétrica. De ello, que el Art. 4.3 del APE, obligue, "en este caso concreto", a tomar como única referencia (repito única) su Proyecto Original. Que es custodiado de siempre..., en una dependencia del archivo de la Villa del Ayuntamiento de Madrid y, está, a disposición de quien lo requiera hasta del mismo Luisito Bárcenas (el cabrón).
El citado arquitecto vuelve a mentir..., al certificar que el citado Proyecto NO EXISTE (sin documento que lo avale) y, así, poder realizar su prohibida y penalizada obra. Con la agravante que el Ayuntamiento hace la vista gorda (corrupción) e incumple el Artículo 35F. Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de 1442.
-
5º. La OETLCU de 1997 en sus arts. 50.1.7 y 8 y 50.2. obligaba a la presentación del alzado de tramo/s de calle completos a los que dé la fachada del chalet unido a la mayor descripción fotográfica posible. Exigencia que se reitera en los arts. 11 y 17 del APE 05.11; concretamente el art. 17.1.2 resalta la necesidad de un estudio previo del conjunto de fachadas de los chales pareados y la conformidad entre propietarios. El arquitecto no aportó lo citado y el Ayuntamiento no se lo requirió, ¿POR QUÉ...?. Pregunto:
¿ESTABAN TOMANDO CAÑAS CON CIGALAS Y GAMBAS DE HUELVA A LA PLANCHA. A CUENTA DE LA NULA LICENCIA?.
-
6º. En la fachada exterior según el artículo 6.6.19.c del PGOUM existe una Terraza Descubierta en su planta primera, así figura en su omitido y obligado Proyecto Original y es, intocable, por la citada Protección volumétrica de la parcela. Ha sido transformada en una habitación interior del chalet con sus ventanas y tejado.
El Porche de entrada también es intocable "admite únicamente, su acristalamiento" art. 17.2 APE. Ha sido también transformado en otra habitación interior con sus ventanas en planta baja.
Las citadas dos piezas arquitectónicas han Desaparecido (art. 4.3.4 PGOUM), ocasionando una INFRACCIÓN GRAVE, (Volumen Añadido y Envolvente en un chalet más, que protegido. A respetar o en su defecto a recuperar, por Ley).
-
El negociado de Zonas Desprotegias S.L. una vez que son pillados y denunciados, "por la NULA licencia concedida", (Mercedes Herrero Pérez, Juan Díaz-Romeral Bringas y Ricardo Galeote Lago, apoyados por el inspector de obras Fernando Cercenado Mansilla) y ratificada por la C.I.P.H.A.N. (otros que tal bailan) reconocen más o menos, sutilmente, en Documento Oficial, que cometieron adrede "Sospechosas y Absurdas Negligencias...” al no requerir la citada documentación obligada. Que hubiese impedido obtener la Licencia concedida y, así, perder los beneficios, de sus tratos de favor.
Hecho éste, por el que proponen a sus superiores (cargos políticos del Partido Putrefacto o PP) su Revisión y consiguiente Paralización de la Obra. Lo que nunca llegó a ocurrir por una "decisión personal y política" del ya citado Gerente de Urbanismo Luis Armada (familiar ¿CREO? de otro Armada que hizo no sé qué... un 23 de Febrero en Las Españas del 6º Felipe). También amigo personal y compañero de Francisco Granados hoy encarcelado al estilo Pantoja en una cárcel que el mismo inauguró por si terminaba en ella.
-
El citado negociado que yo le llamaría de Zonas de Anormales del Cuarto Milenio... se ve obligado a rectificar (Paloma de Frutos Cañamero y Mercedes Herrero Pérez) y donde dijeron “Digo” ahora dicen “Diego”, justificándose dolosamente con unos informes premeditadamente amañados de mala fe, para intentar conseguir su maquinación fraudulenta o timo urbanístico.
-
Lo narrado terminó en el Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso Administrativo, que en Sentencia Firme ratificó los falsos informes del Ayuntamiento.
El citado Tribunal no sabe, ni se puede imaginar, que fraudulentamente fue engañado y burlado, por unos señores que no le dijeron la verdad de una mentira, para protegerse unos a otros, y así, conseguir su doloso fin... típico de los herederos del Franquismo.
-
Es bueno añadir que la misma obra autorizada en el chalet simétrico pareado al mío, a mi me es NEGADA, “por estar prohibida por la ley”. Hecho que por sentido común obliga a preguntar: ¿Cuándo miente y a quién engaña el Ayuntamiento de Madrid... al certificar al Tribunal Superior de Justicia que la obra es legal o cuando a mí me certifica que está prohibida?.
-
Suma y sigue, ¿Quién es o era el citado Gerente del PP…?:
-
El vice/consejero de transportes de la Comunidad de Madrid Luis Armada fue condenado por desobediencia a un juez.
El Juzgado de lo Penal número 20 condenó el pasado febrero del 2003 a Luis Armada, entonces gerente municipal de Urbanismo y ahora nuevo vice/consejero de Transportes, “por un delito de desobediencia [a los jueces]” a una multa de 7.200 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante un año y cuatro meses.
-
Esta pena le fue impuesta por no haber procedido al derribo parcial de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes, construida de forma “ilegal” demasiado cerca de un bloque de pisos de la calle de Villa de Marín, en el barrio del Pilar en Madrid (España). La iglesia, que ha dado lugar a un litigio de 10 años, sigue en pie.
Sin embargo, Armada apeló a la Audiencia Provincial y, el pasado 24 de marzo, la magistrada Carmen Lamela dictó una sentencia en la que revoca en parte el anterior fallo judicial. Esta nueva sentencia, que ya es firme, establece: “La pena de inhabilitación especial supone la privación definitiva del empleo o cargo de gerente municipal de Urbanismo, así como la incapacidad para obtener el mismo y todos aquellos cargos que el acusado pudiera desempeñar dentro de la Gerencia Municipal de Urbanismo durante el tiempo de la condena”.
-
Para terminar señores alcaldes les añado a modo de resumen: Al final el tiempo pone a cada uno en su sitio... y tras años de lucha, no pienso tirar la toalla. La Causa, merece la pena.
Porque mientras muchos ciudadanos buscan una vivienda digna o cuidan la que tienen como si fuese una parte más de la familia, “otros”, por un capricho especulativo destruyen la suya, porque SÍ... para hacerse otra nueva. Con la agravante de que estaba y está prohibida por la Ley y, la citada ley, está por encima de todos y de todo, en un Estado de Derecho.
-
PD.- Esperemos, que la nueva alcaldesa y su bando/a, compañeros o lo que sean???... no vengan a la política sólo para contarnos más cuentos o su triste vida. Ya qué, D. Francisco Paulino Hermenegildo Teódulo Franco Bahamonde (no el ciclista de Toledo) no contaba con ellos. FIN.
-
Sin más, (no hay suma).
-
Eloy Peña (parado profesional).
Gran declaración...
ResponderEliminarSaludos
Más que declaración, DENUNCIA.
ResponderEliminar-
Aquí suena a chiste..., pero lo pasé mal junto a mí familia. El chalé denunciado estaba y está maldito.
Mis ex amigos y vecinos ejecutores de la prohibida obra... En cinco años de habitar su nuevo chalé, murieron en el mismo. Eran jóvenes y dos cánceres de la noche a la mañana se les llevó.
Al igual que al arquitecto que en principio proyectó la obra... pero no llegó a realizarla.
-
Salud y suerte, Mark.